El Consejo de Ministros aprobó el 11 de febrero el anteproyecto de reforma de las leyes de dependencia y discapacidad, que modifica la Ley de Propiedad Horizontal. A partir de ahora, todas las comunidades de vecinos estarán obligadas a pedir las ayudas para realizar obras de accesibilidad, como la instalación de ascensores o rampas. Y se podrá denunciar si no lo hacen.
Según datos del Ministerio de Derechos Sociales, en España hay 1,8 millones de personas que requieren atención por parte del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. De éstas, se calcula que unas 100.000 personas no pueden salir de sus casas por problemas de accesibilidad, atiendo a los datos del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).
Desde 2013, la Ley de Propiedad Horizontal establecía que era necesario el voto favorable de la mayoría de los propietarios para instalar ascensores en un edificio de viviendas.
No obstante, el artículo 10 de la norma matizaba que "las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes". Con el nuevo texto, el citado límite económico queda también modificado.
Asimismo, hasta ahora estas obras eran obligatorias "cuando las ayudas públicas a las que la comunidad pueda tener acceso alcancen el 75% del importe de las mismas".
La nueva modificación de la Ley de Propiedad Horizontal obliga a los ayuntamientos a ofrecer ayudas económicas para realizar obras de accesibilidad en edificios de viviendas. También obliga a la comunidad de vecinos a solicitar estas ayudas si alguna de las personas residentes así lo solicita. Por otra parte, el nuevo texto facilitará los requisitos para acceder a estas ayudas, rebajando del 75% al 70% el porcentaje de financiación de la obra a pagar por la comunidad de vecinos para llevar a cabo la reforma que se precise.
El anteproyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros reforma dos normas al mismo tiempo: la Ley de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.
La reforma suprimirá el régimen de incompatibilidades en las prestaciones de dependencia y el plazo suspensivo de dos años de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar. También regulará la asistencia personal, expandirá la ayuda a domicilio y reconocerá la teleasistencia como un derecho subjetivo. Asimismo, la reforma ofrecerá una pasarela directa para reconocer una discapacidad del 33% a quien se le conceda cualquier grado de dependencia, prohibirá la discriminación por discapacidad en los seguros y garantizará la accesibilidad universal como derecho.
El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, destacado que con esta reforma legislativa se va a implantar "un nuevo enfoque que garantice vidas dignas en todas las etapas del ciclo vital, promoviendo el derecho a la vida independiente y a la autonomía personal".