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El mentidero de las Salesas

El Constitucional rechazará la recusación de la Abogacía del Estado contra Macías en la amnistía por ser "prematura"

Fuentes jurídicas explican que la Abogacía del Estado la presentó de manera "inmediata", sin estar admitido a trámite el recurso y sin estar personada en el procedimiento

José María Macías y Cándido Conde-Pumpido.
José María Macías y Cándido Conde-Pumpido.J. J. GUILLÉNEFE
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La Abogacía del Estado se enfrenta a un nuevo fracaso, esta vez, en el seno del Tribunal Constitucional. El Pleno del órgano de garantías tiene previsto deliberar esta semana sobre la recusación que los servicios jurídicos del Estado han presentado contra el magistrado José María Macías en el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Partido Popular contra la Ley de Amnistía, que borra los delitos del procés.

El abogado del Estado sostiene que, como vocal del Consejo General del Poder Judicial, Macías emitió un informe sobre la citada Ley que le impide ahora ser imparcial para examinar su constitucionalidad. En palabras del representante legal del Gobierno, el magistrado del sector conservador del TC ejerció un "cargo público" con ocasión del cual tuvo un «extenso conocimiento» de la amnistía y ha formado criterio con el resto de los consejeros, «en detrimento de la debida imparcialidad».

Asimismo, el abogado del Estado defendió que existen "circunstancias objetivas, constatables y de entidad" que afectan a la "imparcialidad objetiva" del juzgador y que hacen imprescindible "despejar la sombra de parcialidad que proyecta, declarando la existencia de un prejuicio manifestado sobre el objeto litigioso", es decir, sobre la amnistía al desafío independentista catalán.

Sin embargo, un nutrido grupo de magistrados del órgano, tanto conservadores como progresistas, consideran que el incidente de recusación presentado es "prematuro". Fuentes jurídicas consultadas por EL MUNDO explican que la Abogacía del Estado presentó la recusación contra Macías de manera "inmediata", sin estar admitido a trámite siquiera el recurso y sin estar personada en el procedimiento, por lo que es probable que el incidente sea desestimado por el Pleno.

De hecho, la ponencia de la magistrada Concepción Espejel propone la desestimación de la recusación de la Abogacía del Estado contra Macías. En la propuesta de auto, Espejel señala que "el abogado del Estado presentó escrito de recusación del magistrado don José María Macías Castaño el día 20 de septiembre de 2024, antes de que el Pleno se haya pronunciado acerca de la admisibilidad a trámite del presente recurso de inconstitucionalidad, lo que determina la inadmisión de la recusación planteada por su carácter prematuro, al formularse fuera del plazo que, para el caso de admisión a trámite de este recurso de inconstitucionalidad, se confiera a efecto de formular alegaciones a los representantes de aquellas partes legalmente legitimadas para intervenir en este proceso".

Fuentes del TC explican que una vez desestimada la recusación del abogado del Estado, el Pleno podrá admitir a trámite el recurso del Partido Popular contra la Ley que elimina los delitos del prófugo Carles Puigdemont, entre otros. Las mismas fuentes no descartan que pese a este primer revés, la Abogacía del Estado vuelva a intentar más adelante recusar al magistrado Macías, una vez que ya esté personada en el procedimiento. El pasado 11 de septiembre, el Pleno del Constitucional, por unanimidad, aceptó que el magistrado Campo se apartase en los asuntos relacionados con el borrado de los delitos del 1-O. El ex titular de Justicia pidió no participar en las deliberaciones sobre la amnistía tras haber señalado que la medida era "claramente inconstitucional" en los informes sobre los indultos concedidos a los líderes del desafío independentista catalán por parte del Gobierno de Pedro Sánchez.

Asimismo, durante los plenos celebrados en el mes de octubre, los magistrados también ha rechazado las recusaciones planteadas por el Partido Popular contra al presidente, Cándido Conde-Pumpido, y la magistrada ex alto cargo de Moncloa, Laura Díez. El partido de Alberto Núñez Feijóo argumentó que las mismas razones que llevaron a Conde-Pumpido a apartarse en los debates de los recursos del procés justificaban que fuera apartado en la Ley de Amnistía. Por su parte, sobre la magistrada Laura Díez esta formación había defendido que tuvo dependencia jerárquica directa de Pedro Sánchez como miembro del Ejecutivo al ser directora general de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica en el Palacio de la Moncloa. En ambos casos, el TC ha dictaminado que no concurre causa de abstención alguna.

En total, la corte de garantías se ha enfrentado a medio centenar de recusaciones de magistrados presentadas en distintos recursos de inconstitucionalidad. Esto ha provocado que el estudio a fondo de las impugnaciones a la Ley de Amnistía todavía no haya podido iniciarse.