ESPAÑA
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El fiscal general trata de impedir que los medios informen de la causa donde está imputado y el Supremo sostiene que prevalece la libertad de expresión

García Ortiz pidió al juez que adoptara "las decisiones oportunas para impedir la difusión en los medios de comunicación" de informaciones sobre el procedimiento abierto por revelación de secretos.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a su salida del Supremo tras haber declarado como imputado.
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a su salida del Supremo tras haber declarado como imputado.Alberto Di LolliEL MUNDO
Actualizado

Nueva pretensión del máximo representante del Ministerio Fiscal que cae en saco roto. El magistrado instructor del Tribunal Supremo Ángel Luis Hurtado ha rechazado este lunes adoptar decisión alguna que suponga limitación del derecho a la libertad de expresión, en respuesta a la queja planteada por la defensa del fiscal general del Estado por lo que considera un juicio que está siendo construido por las acusaciones particular y popular en los medios de comunicación, que facilitarían una publicidad del asunto penal de manera parcial y sesgada en contra del principio de presunción de inocencia.

En la actualidad, Álvaro García Ortiz se encuentra imputado por un delito de revelación de secretos por haber presuntamente difundido datos reservados de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

En un escrito presentado el pasado día 7 de enero, al que ha tenido acceso EL MUNDO, la Abogacía del Estado, en representación de García Ortiz, alegó que estaba sufriendo "vulneración del derecho a la intimidad de nuestro representado que se ha ido agravando por las sucesivas filtraciones a los medios de comunicación de los distintos informes de la UCO y de las sucesivas resoluciones judiciales que se han adoptado vinculadas a esa diligencia de instrucción".

El fiscal general puso el foco en el papel desarrollado por las acusaciones populares - el Colegio de la Abogacía de Madrid, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, la Fundación Foro Libertad y Alternativa y el sindicato Manos Limpias- así como acusación particular en representación del empresario Alberto González Amador, pareja de Díaz Ayuso.

En el citado escrito, el fiscal general enumeraba una serie de noticias de distintos medios de comunicación (EL MUNDO, ABC, La Razón, El País Europa Press o Efe, entre otros) donde se informaba de varios hitos procesales de la causa instruida por el Tribunal Supremo -informes de la UCO, autos del juez, solicitud de diligencias de las partes, etc-.

García Ortiz argumentó que asistía a una vulneración del derecho a un juicio justo y con todas las garantías y a la presunción de inocencia, "por la construcción de un juicio paralelo que se está realizando por las acusaciones particular y populares en los medios de comunicación". Así, el fiscal general del Estado pidió al juez que adoptara "las decisiones oportunas para impedir la difusión en los medios de comunicación" de informaciones sobre el procedimiento abierto por revelación de secretos que parten de "las acusaciones populares y la acusación particular".

Además, en su escrito, el fiscal general advirtió a Hurtado que, en el caso de no adoptarse ningún tipo de medida cautelar que evite estos riesgos, "además de la vulneración de los derechos fundamentales mencionados, y dicho en términos de defensa, se estaría amparando este tipo de juicio paralelo y un menoscabo en la apariencia de imparcialidad del magistrado Instructor al consentir la publicación de supuestos o reales estados de opinión pública sobre el proceso y las decisiones a adoptar que puede influir en la decisión que deba adoptar". El juez rechaza sus pretensiones al entender que prevalece la libertad de expresión.

"Trascendencia mediática"

En un auto, notificado este lunes, el magistrado Hurtado afirma que "vaya por delante que, cuando de una alegación de este tipo se trata, formulada por una parte, sobre el comportamiento en el mismo proceso de otra, ha de ser mirada con la suficiente cautela, porque, sucediendo en asunto de la trascendencia mediática como el presente, se suele olvidar de las opiniones de otros medios y determinados ámbitos que le son favorables".

El instructor del Supremo afirma que "de entrada, no se alcanza a entender por qué se pone la atención tan solo en las acusaciones particular y populares, cuando se alega que son éstas las que están incumpliendo el deber de reserva de las diligencias sumariales o que se quieren proponer, sin dar más explicación que la aparición de determinada información en determinados medios, cuando la ha habido en otros que no menciona, y no hay el menor apunte en dato objetivo para una concreta atribución a persona alguna".

"Juicio paralelo"

En su auto, el juez Hurtado destaca que si se leen las distintas resoluciones que se han ido dictando, "se podrá comprobar que lo han sido con base en el material incorporado a ella y/o las alegaciones que unas u otras partes han ido realizando en sus distintos escritos; el que, luego, según el medio o el ámbito en que se hable de este procedimiento, se viertan unas u otras opiniones, es algo a lo que este Instructor, por respeto al derecho constitucional a la libertad de expresión, no ha de poner coto, salvo que las considere delictivas, cosa que, hasta el momento, no ha apreciado; y, desde luego, si se habla de juicio paralelo, nada hay que temer, porque, por ser paralelo, ninguna incidencia ha de tener en el proceso, cuando se resuelve en función del material que obra incorporado a él".

"Por lo demás, aun aceptando que las acusaciones fueran proporcionando información a distintos medios, lo que se hace a meros efectos dialécticos, no se nos da razón para atribuirlas a ellas ese sesgo, cuando tal circunstancia pudiera ser de exclusiva responsabilidad del medio de que se trate", dice el magistrado de la Sala de lo Penal.

En cuanto a la petición que se hace para que el instructor adopte las decisiones oportunas para impedir la difusión en los medios de comunicación de informaciones que la defensa considera sesgadas, contesta el juez Ángel Hurtado que, "al margen de que no hay base para atribuir ese sesgo a las acusaciones", "impedir tal difusión supone poner limitaciones a un derecho fundamental, como es la libertad de expresión, que ha de ser respetado, aunque su contenido no se comparta, y si la parte considera que tal vulneración se ha producido, así como la que, en el futuro, considere que pudiera producirse, siempre le queda abierta la posibilidad de hacer valer su pretensión, acudiendo a la vía que estime oportuna".

Deducción de testimonio

En el mismo auto, Hurtado rechaza la petición de la defensa del fiscal general de abrir una pieza separada en la causa que se sigue contra él en el Tribunal Supremo, para corregir con una multa el incumplimiento por parte de las acusaciones particular y populares del deber de reserva de las diligencias sumariales.

En su lugar, el juez deduce testimonio del auto dictado hoy para su remisión al Juzgado de Instrucción correspondiente, a los efectos oportunos. El instructor recuerda que, el pasado 5 de diciembre, ya dedujo testimonio al decanato de los Juzgados de Madrid de una queja similar por filtraciones realizada por la defensa de los investigados en la causa.