ESPAÑA
Tribunales

El novio de Ayuso dice que el fiscal general miente al afirmar que se han difundido sus llamadas de diez meses

El abogado de González Amador expone que lo único que se ha incorporado al sumario es el listado de llamadas emitidas y recibidas entre los días 8 y 14 de marzo de 2024

Álvaro García Ortiz, a su salida del Tribunal Supremo el pasado 29 de enero.
Álvaro García Ortiz, a su salida del Tribunal Supremo el pasado 29 de enero.Javier Barbancho
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"No existe ni transmisión de diez meses de llamadas, ni transmisión de datos de diez meses de actividad diaria y profesional ni infracción legal alguna, sino puro ruido destinado a construir un nuevo relato a partir de una falsedad y su filtración a determinados medios de comunicación". Así de categórica se muestra la defensa de la pareja de Isabel Díaz Ayuso en un escrito remitido este viernes al magistrado del Tribunal Supremo, Ángel Hurtado, donde desmiente que se hayan aireado diez meses de llamadas telefónicas del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por parte de la UCO.

En el escrito enviado a TS, el abogado de Alberto González Amador sostiene que "García Ortiz habría propagado ante el CGPJ y distribuido a los medios de comunicación la información de que en la causa que nos ocupa se habrían incorporado y dado traslado de datos personales de todas sus llamadas telefónicas de los últimos 10 meses al margen de los rangos judicialmente acordados". La acusación particular asegura que la afirmación mantenida por el fiscal general en la queja que ha remitido a la presidenta del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló, es falsa.

"Lo manifestado por Álvaro García Ortiz actuando como fiscal general del Estado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) es una más de las ya incontables falsedades transmitidas por el investigado como consecuencia del grado de maduración alcanzado por la instrucción que nos ocupa, enmarcándose en una campaña de denigración extraprocesal que ya se ha extendido a la fuerza actuante, al órgano instructor y a las partes".

El abogado de González Amador expone que lo único que se ha incorporado al sumario es el listado de llamadas emitidas y recibidas entre los días 8 y 14 de marzo de 2024 -ese fue el periodo de tiempo acotado por el instructor Hurtado- y el registro de IMEIs (número de identificación único de cada terminal telefónico) utilizados por García Ortiz para poder saber, "al determinarse que había cambiado de móvil el 23.10.2024, qué terminales había utilizado. (...) Esa información de los IMEI no está asociada ni expresa información de llamadas, SMS, localización, identificaciones de usuario, números marcados, fecha, hora, duración de una comunicación o etiqueta de localización alguna, sino que cualquier actividad (sin especificarse cuál) hace que el IMEI quede registrado".

Pide que entregue el móvil

La defensa del novio de Ayuso pide al juez Hurtado que ordene a García Ortiz que entregue al TS copia del escrito enviado al CGPJ "para su toma de conocimiento de las falsedades transmitidas por el fiscal general del Estado", así como el teléfono móvil que usó hasta el pasado 23 de octubre y las copias de seguridad de su cuenta personal de 'gmail' y del WhatsApp asociado a su número de teléfono personal.

Respecto a ese teléfono móvil, el abogado de González Amador indica que, "según la información que consta en las bases de datos de la sección de informática de la Fiscalía General del Estado", García Ortiz "no habría entregado su antiguo terminal".

Advierte asimismo de que "esta conducta de destrucción de dispositivos y eliminación de datos" anteriores al 16 de octubre de 2024, cuando el Supremo abrió causa al aforado, "se reproducirá en cuantos miembros de la Fiscalía General del Estado sean llamados a declarar al procedimiento o a los que se les soliciten sus dispositivos, lo que constituye ya un hecho notorio y conocido por toda la carrera fiscal".

Este jueves, el magistrado Hurtado trasladó la queja de García Ortiz a las partes para que, en su caso, formulasen alegaciones, "en la medida que pueda verse afectado su derecho a la tutela judicial efectiva, caso de tales datos que se han de incorporar al sumario, en virtud de lo acordado en una resolución jurisdiccional, fueran omitidos".

González Amador le responde que "el acceso de todas las partes al contenido del sumario --y especialmente de la víctima de los hechos objeto de instrucción (...)-- configura instrumentalmente y de forma elemental el derecho de defensa de las partes, que debe ser tutelado judicialmente de forma efectiva".