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El instructor del caso Koldo en el Tribunal Supremo, el magistrado Leopoldo Puente, ha dictado este jueves una providencia en la que accede a retrasar la fecha señalada para la declaración como investigado del exministro de Transportes José Luis Ábalos del 18 al 20 de febrero.
El magistrado accede así a la petición de su abogado, que alegó que la primera fecha del interrogatorio le coincidía con un señalamiento anterior en un Juzgado de lo Penal de Madrid, al que debe comparecer. El instructor decidió volver a citar a Ábalos después de que el Congreso concediera el suplicatorio al TS y a los efectos de valorar la imposición de medidas cautelares al imputado.
El ex secretario de organización del PSOE está siendo investigado por delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, de cohecho y de malversación.
En un auto dictado el pasado martes, el juez ordenó a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil realizar un informe sobre la situación económico patrimonial del ex ministro y de su hijo Víctor.
Por otro lado, el magistrado Puente ha dictado este jueves un auto en el que acuerda, en relación con las declaraciones de testigos e investigados, entregar a las defensas y acusaciones solo la trascripción de las mismas.
Las grabaciones audiovisuales de las declaraciones se integrarán en una pieza de "información sensible" que será accesible únicamente para el órgano jurisdiccional y para la Fiscalía, aunque los letrados de la acusación defensa podrán consultar las grabaciones audiovisuales en la secretaría de la Sala Segunda si precisan consultar algún extremo concreto para el que no les bastara con la trascripción.
El instructor Puente adopta esta decisión tras ponderar los derechos de las partes concernidas e incluso el derecho a la intimidad de alguno de los testigos que pudieran ser llamados a la causa.
El magistrado explica que se han filtrado los vídeos de las tres declaraciones efectuadas hasta el momento, las de José Luis Ábalos, Víctor de Aldama y Koldo García.
Tras su difusión pública, la defensa de Ábalos solicitó el pasado 16 de enero la adopción de medidas para impedir que en el futuro se filtraran las grabaciones audiovisuales de otras declaraciones.
En su auto, Puente distingue entre la publicidad de la fase de juicio oral y el carácter reservado propio de las actuaciones instructoras, "este carácter reservado obedece, por una parte , a la conveniencia de preservar los derechos de los directamente concernidos por la investigación en curso, tanto en su condición de investigados como también en la de testigos, evitando que lo declarado por ellos pueda trascender hasta tanto no se declare abierto, si hubiera lugar a ello, el juicio oral".