- Campanadas RTVE, contundente ante la polémica de LalaChus, la estampita y las Campanadas: "No hubo intención de ofender"
- Polémica Denuncian a LalaChus y David Broncano por "un delito contra los sentimientos religiosos" en las Campanadas y Bolaños sale en su defensa y acusa a "los ultras" de amedrentar
El primer día de este año, todos los españoles se despertaron con el traje de Cristina Pedroche y con la denuncia que Hazte Oír había puesto contra LalaChus, David Broncano y José Pablo López, presidente de RTVE, por mostrar durante las Campanadas una estampita de la vaquilla del Grand Prix que simulaba la del Sagrado Corazón de Jesús. "Escarnio", "vejación, "insulto" contra los sentimientos religiosos y, en particular, contra los católicos, señalaba la denuncia. Tres meses después, la Justicia ha archivado la denuncia de Hazte Oír contra todos los denunciados al entender que fue humor amparado por la libertad de expresión.
La denuncia de Hazte Oír, según el archivo, "el pasado 31 de diciembre a las 23:40 horas se emitió en La 1 de RTVE las Campanadas 2025 con David Broncano y Lalachus". "Entre los minutos 25:17 y 25:27 del video que se aporta, se produjo el siguiente intercambio entre los dos presentadores:
- David Broncano: ¿Qué crees tú?
- LalaChus: Yo me he traído, mira, dame, acércamelo.
- David Broncano: ¿Esto?
- LalaChus: Sí.
- David Broncano: Ay, dios mio.
- LalaChus: Yo siempre llevo encima...
- David Broncano: Una estampita.
- LalaChus: Mi estampita de la vaquilla de! Grand Prix.
- David Broncano: (Ríe y aplaude)
- LalaChus: Esta es la mejor del mundo.
"En concreto", señala la denuncia, "y cuando la señora Yustres aludió a su "estampita de la vaquilla del Grand Prix", mostró una estampa del Sagrado Corazon de Jesus, reconocible de manera objetiva, en la que aparecía superpuesta el rostro de la citada vaquilla sobre la cara de Cristo. Resulta evidente para cualquier espectador que estamos ante una burla de la clásica imagen del Sagrado Corazón de Jesús, habiéndose sustituido el rostro de Cristo por el de un animal con un claro afán de mofa y escarnio".
Hazte Oír aseguraba en su escrito que "nos encontramos ante un insulto absolutamente gratuito". Añadiendo que "resulta obvio que la burla contra los sentimientos religiosos cristianos no obedecía a ningún tipo de legítima crítica amparada por la libertad de expresión ni tenía relación alguna con la idea que se quería transmitir". Hazte Oír consideraba demostrado el ataque contra los sentimientos religiosos, pero en el caso de Broncano su denuncia afirmaba que "necesariamente conocía la burla gratuita que se iba a llevar a cabo e intervino activamente en la misma" y que no "la reprendió".
En el caso de José Pablo López, presidente RTVE, Hazte Oír le denunció al considerar que "dado el alto nivel de preparación y guionización de este tipo de programas, resulta obvio que desde RTVE se conocía perfectamente que se iba a dar esta mofa contra los sentimientos cristianos, aprobandose la misma".
Con todo, en el auto, fechado a 4 de marzo, y contra el que cabe recurso de reforma y apelación, el magistrado del Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid decreta el sobreseimiento provisional de la denuncia de la organización ultracatólica al considerar que "se trata de la emisión de un programa de entretenimiento, desvinculado de cualquier práctica religiosa pues, aunque la Nochevieja se encuentra dentro del periodo navideño, es una festividad desprovista actualmente de contenido religioso y con una finalidad evidentemente lúdica , por lo que no podemos considerar que estuviera dirigido a los fieles de una confesión, en concreto católica, sino al público en general.
Según el auto, al que ha tenido acceso EL MUNDO, "no basta con ofender los sentimientos religiosos, sino que se requiere que con dicha conducta se haga escarnio de una confesión religiosa, con la intención, además, de ofender los sentimientos religioso", situación que para el magistrado no se dio.
Indica el juez que el gag era satírico y "como ya hemos dicho, el tipo penal no exige cualquier burla, sino una burla "tenaz", que la RAE define como "firme, porfiado y pertinaz", adjetivos que a su vez define como "terco y obstinado", esto es, con una inequívoca intención ofensiva. Téngase en cuenta que la denunciada es actriz cómica de profesión y los denunciados comunicadores de un programa de variedades donde la sátira forma parte del guió (La Revuelta) elegido para dar las Campanadas de Fin de Año y nos sitúan ante un espectáculo humorístico, con más o menos gracia, pero que, en términos generales, está impregnado de un ánimo iocandi que va dirigido al público en general.
Respecto al supuesto escarnio al Sagrado Corazon de Jesus, señala el auto, que hay que" reiterar que la figura de Jesucristo no aparece en la estampita exhibida sino sólo un corazón similar a la imagen religiosa sin ninguna mención religiosa en el dialogo entre los dos presentadores". Además, el magistrado para dejar claro que lo sostiene la libertad de expresión, afirma en el auto que "la sátira y el recurso a lo irreverente han sido en no pocas ocasiones un recurso artístico para hacer crítica social, mostrando la oposición del creador a determinados modelos".
"Tampoco cabe considerar que la acción ejecutada por LalaChus y Broncano constituya una vejación para los que profesan o practican la religión católica", continúa el auto que considera, además, que los tuits aportados por Hazte Oír para demostrar ese "escarnio" son "irrelevantes" para la causa.
Entiende este magistrado que no se cumplen ninguno de los dos elementos que conforman el artículo 525 del Código Penal. Porque, por una parte, "la intención de los mismos denunciados no puede afirmarse que sea el de herir o menoscabar" sentimientos religiosos, y para llegar a esa conclusión no es necesario que declaren como investigados. Y por otra, no hay actos de vejación directos sobre las personas que profesan una determinada religión.
Finalmente, "la libertad de expresión ampara, no sólo las informaciones o ideas que son favorablemente recibidas, sino también aquéllas que chocan, inquietan u ofenden". Y concluye asegurando que "en las sociedades democráticas, los grupos religiosos deben tolerar las críticas públicas y el debate sobre sus actividades, creencias o enseñanzas, siempre que tales críticas no, supongan insultos intencionados y gratuitos o discurso del odio, que constituyan una incitación a la violencia y a la discriminación en contra de los miembros de una religión concreta".
Hazte Oír recurrirá ante la Audiencia Provincial el archivo del proceso penal contra LalaChus, Broncano y el presidente de RTVE. Asegura el grupo ultraconservador que "el equipo jurídico de Hazte Oír ya trabaja en el escrito". "Cada vez se hace más evidente que la defensa de los sentimientos de los cristianos merece una defensa férrea y más con la persecución que están sufriendo los cristianos en Siria", afirman.